este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, Declara CULPABLE y CONDENA al ciudadano: ANIBAL JOSE MORALES MONTENEGRO, titular de la cedula de identidad Nº V- 25.122.009, fecha de nacimiento 16/11/90, de 21 años de edad, residenciado en El Bajío, Avenida Principal, Casa s/n, Municipio Tinaquillo Estado Cojedes por la comisión del delito de SECUESTRO, previsto y sancionado en el Articulo 03 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión y AGAVILLAMIENTO previsto y sancionado en el Artículo 286 del Código Penal en perjuicio de CARMEN BEATRIZ PERDOMO LUCENA, RINER ANTONIO GONZALES PERDOMO y EL ESTADO VENEZOLANO, a cumplir la pena de VEINTIUN (21) AÑOS DE PRISION; y al ciudadano RUBEN ANTONIO GONZALEZ OCHOA titular de la cedula .....