este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano; REINEL ALEXANDER PARRA PEREZ, de nacionalidad venezolano, titular de la cedula de Identidad Nº V-25.752.589, de 19 años de edad, fecha de nacimiento 15-08-1984, soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en sector Yaracuy, residencias Ramón Emilio San Carlos Estado Cojedes, a cumplir una pena de SEIS (06) AÑOS Y DIEZ (10) DIAS DE PRESIDIO por la comisión del delito de; ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 concatenado con el articulo 6 numerales 1°, 2°, 3° Y 10° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo, y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano LEO NARDO ANTONIO OCHOA VALERO y EL ESTADO VENEZOLANO.. POR "ADMISIÓN DE LOS HECHOS". Asimismo se le impone de las pen.....