IV
DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, es por lo que este Juzgado Segundo en funciones de Juicio, constituido en Tribunal Mixto, por UNANIMIDAD, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, con base en lo establecido en los artículos 173, 364 y, 366 del Código Orgánico Procesal Penal, así como en las demás disposiciones Constitucionales y Legales supra referidas, ABSUELVE, al ciudadano, CARLOS EMILIO ORTEGA YÉPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.324.253, residenciado en Barrio San José, Calle Juan Ángel Bravo, Casa N° 032, Las Vegas, Estado Cojedes; de la Acusación incoada en su contra por la ciudadana Fiscal Tercera del Ministerio Público del Estado Cojedes; por la comisión de los Delitos de HURTO CALIFICADO DE GANADO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 10 Ordinal 7° de la Ley de Protección a la Actividad Ganadera; y, 219 Ordinal 1° del Códi.....