JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY acuerda: PRIMERO:. Se acuerda la medida cautelar de presentación periódica de cada DOS (02) días a favor del ciudadano Danny Miguel Quiñónez. SEGUNDO: Se ordena la privación judicial preventiva de libertad en contra del ciudadano Eduardo José Alvarado, titular de la cedula de identidad Nº 20.949.069, a cuyo efecto se librara oficio al Comisario Jefe del CICPC Sub-Delegación San Carlos. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZA PRIMERA DE JUICIO
ABG. DAISA PIMENTEL LOAIZA
LA SECRETARIA DE JUICIO
ABG. DEISY CONTRERAS
CAUSA Nº 1M-2889-11