ADMINISTRANDO JUSTICA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Se ACUERDA: Primero.- Se ordena la privación preventiva de libertad del ciudadano: ABREU SANCHEZ WILLIAMS OMAR, venezolano, de 26 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.900.531 y con residenciado en el potrero sector II, sector II, casa N57-76, Estado Cojedes, a fin de asegurar la realización de los actos que de acuerdo al estado procesal de la causa corresponda realizar. Segundo.- Fijar por auto separado la celebración de la Audiencia Preliminar. Líbrase Boleta de Encarcelación. Ofíciese a los cuerpos Policiales a los fines de que se desincorpore del Sistema Integrado de Información Policial (SIIPOL) al ciudadano antes identificado con respecto a la presente Causa.