este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: ÚNICO. NEGAR LA ENTREGA MATERIAL DEL VEHÍCULO MARCA RENAULT, MODELO LOGAN DE LUJO E-2, SERIAL DE CARROCERIA 9FBLSRAHB8M006197, SERIAL DEL MOTOR F71OUC5219, COLOR BLANCO ARTICA, AÑO 2008, PLACA GEC-38B, CLASE AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN, USO PARTICULAR, con fundamento en los Principios consagrados por el Constituyente en los Artículos 29 y 271 de la Carta Política Fundamental en relación con lo establecido en los Artículos 63 y 66 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y el criterio reiterado y pacífico de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia invocado en el texto de la presente decisión. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.