este Tribunal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA; PRIMERO: LA ENTREGA MATERIAL DEL VEHICULO - de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano FRANKLIN RENÉ ESQUEDA PACHECO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 16.994.020, quien figura con la condición de VICTIMA en la causa No. 4C-4217-09, y ha actuado en defensa de sus propios y legítimos intereses legítimos, inmediatos y directos sobre la base del principio consagrado por el Constituyente en el artículo 51 de la Carta Política Fundamental, - cuyas características son: MARCA YUEXIN, MODELO BR 150 ¿ 2 NEW JAGUAR, AÑO 2008, COLOR ROJO, CLASE MOTO, USO PARTICULAR, TIPO PASEO, SERIAL DEL MOTOR 162FMJ84000389, SERIAL DE CARROCERIA L3YPCKLC98A000403, PLACAS AA4G89D. SEGUNDO: Se acuerda entregar la documentación que en original y/o copia certificada fuese consignada por el solicitante, dejándose en su lugar .....