ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: PRIMERO: Se declara incompetente para conocer del Amparo Constitucional interpuesto por los Defensores Privados LUIS EDGARDO VILANUEVA Y JAIME ENRIQUE MORENO HERNÁNDEZ, antes identificados, por la presunta violación flagrante al Derecho de la Defensa, comunicación y asistencia de estos con su defendido. SEGUNDO: Notifíquese a las partes de la presente decisión. TERCERO: Remítase al Tribunal Unipersonal de Juicio de este Circuito Judicial Penal en este mismo día, por ser el Tribunal competente. Así se decide, cúmplase lo ordenado.