Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR El RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la accionada y recurrente, en contra de sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, de fecha 22 de Julio de 2014, que declaro Sin Lugar la impugnación de la experticia complementaria del fallo, realizada por la parte demandada . En consecuencia se confirma la decisión recurrida. Así se decide.
Hay condenatoria en Costas en el presente recurso.