Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por la apoderada judicial de la parte accionada que lo es ACEROS LAMINADOS, C.A. SEGUNDO: Se revoca el auto de fecha 04 de octubre de 2017, dictado por el Tribunal Primero de de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado. TERCERO: No hay condenatoria en Costas dada la naturaleza del fallo.