DECISIÓN
En orden a los razonamientos expuestos este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, Primero: la INCOMPETENCIA por la materia para conocer el presente asunto. Segundo: Se Declina el conocimiento de la causa en el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes que resulte competente. Tercero: Se declara la nulidad de todo lo actuado. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes. En San Carlos, a los veinticuatro (24) días del mes de abril del Año 2009.