DISPOSITIVA.
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR, el Recurso de Apelación, interpuesto por la Abogada MARIA TERESA HERRERA, inscrita por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 129.181, apoderada judicial de la parte actora ciudadano JOSÉ ANTONIO ANDRADE, titular de la cédula de identidad numero 3.323.915, contra sentencia interlocutoria de fecha tres (03) de octubre del año dos mil ocho (2008), dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, que modificó la experticia complementaria impugnada por la parte accionada EL MUNICIPIO SAN CARLOS DEL ESTADO COJEDES, y fijó la estimación de lo demandado en la cantidad de TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL DOSC.....