En fuerza a las razones de hecho y derecho, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE el conflicto negativo de competencia planteado por la Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes.
SEGUNDO: Se ordena la reposición de la presente causa, al estado en que se continué con la celebración audiencia de Juicio, con las partes que se encontraban a derecho.
TERCERO: Se ordena remitir el presente expediente Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, a los fines de cumplir con lo ordenado en el presente fallo.