Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de aclaratoria interpuesta por la parte actora, de la sentencia publicada en fecha: 13 de abril del año 2015; en los términos antes indicados.
SEGUNDO: Téngase la presente decisión como parte integrante de la sentencia ya publicada.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.