Por todo lo antes expuesto este Tribunal Superior declara Sin Lugar, el recurso de apelación intentado por la parte accionante y recurrente, por lo que se confirma el fallo recurrido, hay condenatoria en costas en el presente recurso de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo . Y así se decide.