Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso de Apelación, formulada por el Abogado LUIS AUGUSTO SILVA MARTINEZ, inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 61.184, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionada PEPSI COLA DE VENEZUELA C.A. , en contra de sentencia de fecha 01 de abril del año 2013, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, que declaro: Parcialmente Con Lugar la demanda por cobro de Prestaciones Sociales incoada por el ciudadano WILFREDO JOSE GARCÍA APARICIO, titular de la cédula de identidad Nº. 15.628.416,, en contra de la empresa PEPSI COLA DE VENEZUELA C.A.. En consecuencia se revoca la sentencia recurr.....