Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO de APELACIÓN ejercido por el Abogado ENIO JESUS ROSALES VELASCO, plenamente identificado, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos CARLOS RIGOBERTO CEBALLOS SILVA, ALEXIS ANTONIO ZAMBRANO, EDGAR JOSE ORTEGA FIGUEREDO, ALCIDES OMAR RODRIGUEZ GONZALEZ, ALEXIS JOSE MONTOYA OSORIO, JEANS CARLOS CANCINES MANZANO y ELVIS ALEXANDER ACOSTA, plenamente identificados y PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA. Se modifica el fallo recurrido. No Hay condenatoria en costas en el presente recurso dada la naturaleza del fallo.
Se ordena remitir la presente causa al Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.