IV
DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CONFIRMA, en todas y cada una de sus partes, la sentencia de fecha treinta (30) de noviembre de dos mil nueve (2009), dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, mediante la cual, declaró sin lugar la demanda por Daños y Perjuicios, Daño Moral y Lucro Cesante, intentada por el ciudadano Wilmer Jesús Medina Urbina, contra la ciudadana María Eusebia Villegas. Segundo: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la abogada Hortencia Jaqueline Aponte, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, contra la decisión de fecha 30 de noviembre de 2009, proferida por el tribunal de la causa. Tercero: Se condena en costas a .....