III
DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: SIN LUGAR, la recusación formulada por el abogado Francisco Hurtado León, endosatario en procuración de Agropecuaria La Morreña, S.R.L., contra la Jueza Accidental del Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, abogada Carolina Hernández. Segundo: De conformidad con el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se impone al abogado Francisco Hurtado León, una multa equivalente a Tres Unidades Tributarias (3 U.T.), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional, en las oficinas bancarias receptoras de fondos nacionales, la cual deberá el sancionado acreditar mediante la consignación en autos del comprobante correspondiente,.....