DECISIÓN
En consecuencia, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario
de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre
de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación propuesto por los
representantes legales de las partes en la presente litis, declarando procedente solo a
lo que se refiere a la prueba de exhibición de documentos.
SEGUNDO: Se Modifica el auto dicado por el tribunal a-quo, en fecha 20 de agosto del
año en curso, sólo en el sentido de declarar admisible la prueba de Exhibición de
Documento, ordenando se provea lo conducente para su evacuación.
TERCERO: por la naturaleza del presente recurso donde las partes ejercieron el
presente recurso, o hay condenatoria en costas.
Publíquese, en la página del Tribunal Supremo de Justicia, así como en la página
Cojedes.scc.org.ve y déjese copia en carpeta digital en programa PDF, .....