III
DECISIÓN
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho esta Juzgadora PRIMERO: procede a CONFIRMAR la Sentencia emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en fecha Catorce (14) de Enero del año Mil Novecientos Noventa y Nueve (1999). SEGUNDO: ordena la remisión del presente expediente al Juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, una vez sea declarada firme la presente sentencia mediante auto
No hay condenatoria en costas vista la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia y remítase el expediente a su tribunal de origen en su debida oportunidad.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes. En San Carlos, a los dos (02) días del mes de Diciembre del año dos.....