Decisión.-
Por lo antes expuesto, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Transito y
Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Cojedes,
administrando justicia en nombre de los ciudadanos y ciudadanas de la República
Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en sede Constitucional y
conforme a derecho, se declara: Inadmisible la Acción de Amparo Constitucional,
sanción esta prevista en el artículo 19 de la Ley de Amparo Sobre Derechos yGarantías Constitucionales, al no haber sido subsanado el escrito presentado. ASI SE
DECIDE.-
Publíquese, regístrese y cópiese. Remítase el expediente en su oportunidad al Tribunal
de la causa.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil,
Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en San
Carlos a los primero (01) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés (2.023). Años:
213 de la Independencia y 163º de la Federación.
A.....