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Decisión
En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, actuando como Tribunal de Primera Instancia Regional de lo Contencioso Administrativo Especial Agrario Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: COMPETENTE para conocer la Reforma del presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por los Ciudadanos JALY MIGUEL MIRANDA MONTILLA y FRANCISCO JAVIER MIRANDA MONTILLA, venezolanos, mayores de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.328.309 y V-12.766.952, respectivamente, interpuesta por los Abogados Rosaura Herrera de Uzcategui, Elba X. Fagundez H. y Néstor Gutiérrez, venezolanos, mayores de edad, Abogados en ejercicio, titulares de la Cédula de Identidad Nº V-3.998.728, V-7.251.801, y V-7.044.894, respectivamente, Inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 34.670, 86.685 y 87.642, en su orden. ADMITE .....