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Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la Recusación formulada por el Abogado ANGEL ENRIQUE ORTIZ FLORES, Apoderado Judicial del Ciudadano ELSON FELIPE MENDOZA, en fecha 20 de septiembre de 2016, contra el Abogado NERIO DARIO BALZA MOLINA, Juez Provisoria de Primera Instancia Agrario de la Circunscripciòn Judicial del estado Cojedes. ASI SE DECIDE.
Se impone una multa de DOS BOLIVARES (Bs. 2,00), al Recurrente por haberse declarado SIN LUGAR la presente recusación, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, pagadera a favor de la Tesorería Nacional, en una entidad bancaria receptora de fondos nacionales, por lo que debe el Tribunal del Juez recusado, deberà librar la planilla o recibo correspondiente, para que dentro de los tres (3.....