-VI-
Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin Lugar la recusación presentada en fecha 10 de diciembre de 2018 por el Ciudadano Rafael Andrés Salinas Espinoza, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.515.997, asistido por el Abogado José Vicente Sandoval, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 23.659, en contra del Abogado Carlos Antonio Ortiz Pereira, actuando en su condición de Juez Provisorio del Tribunal de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes. Así se decide. Segundo: De conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se le impone a la parte recusante una multa de dos mil bolívares (Bs. 2.000,00) que expresado al valor actual equivale a cero coma cero cero cero dos Bolívares Soberanos (Bs. S. 0,0002) que d.....