-IV-
Decisiòn
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el Recurso de Casaciòn, anunciado en fecha 21 de noviembre de 2016, por los Ciudadanos ANTONIO JESÚS HERNANDEZ MARTINEZ y HERMES GREGORIO HERNANDEZ MARTINEZ, asistidos por los Abogados JESSICA SAIL PINTO RUIZ y DOOGLAS ANTONIO GUZMAN RIVAS, contra la Sentencia Definitiva dictada por este Tribunal en fecha 10 de noviembre de 2016. ASI SE DECIDE.
Dada la naturaleza de esta decisión no hay condenatoria en costas. ASI SE DECIDE.
De conformidad con lo establecido en el artículo 316 del Código de Procedimiento Civil, consérvese el expediente por un lapso de cinco (5) de días de despacho siguiente, a fin de que la parte interesada pueda ocurrir de hecho por ante el Tribunal Supremo de Justicia y una vez concluido dicho lapso sin que la parte .....