DECISION
Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes con Competencia en los Estados Cojedes Aragua, y Carabobo, con sede en San Carlos, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Único: INADMISIBLE la apelación interpuesta por el profesional del derecho FRANCISCO RAMON CHONG RON, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.789, procediendo en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadanos SERVILIO SANZ GARCIA y PALMIRA SANZ DE SANZ mediante diligencia de fecha 05 de Octubre de 2007, contra el auto de fecha veintisiete (27) de junio de 2007, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.-