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Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer el RECURSO DE HECHO propuesto en fecha 18 de noviembre de 2016. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SIN LUGAR el RECURSO DE HECHO, propuesto por el Abogado ANGEL ENRIQUE ORTIZ FLORES, Apoderado Judicial del Ciudadano ELSON FELIPE MENDOZA, contra el auto dictado en fecha 10 de noviembre de 2016, por el Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, que declaró Inadmisible el Recurso Ordinario de Apelación formulado mediante diligencia de 20 de septiembre de 2016, contra de la Sentencia Interlocutoria dictada el 10 de agosto de 2016. ASI SE DECIDE.