VI
D E C I S I O N
Por todas las razones expuestas, esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, resuelve: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Auto, ejercido por la Abogada Melissa Vanessa Malpica Pérez, en su condición de Defensora Pública Penal, en contra de la decisión dictada en fecha 10 de Septiembre de 2013, y publicado el auto fundado en fecha 07 de Octubre de 2013, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó la Medida de Presentación Periódica una (01) vez cada tres (03) meses ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, impuesta al imputado ciudadano OMAR JOSÉ CASTELLANO GUILLEN, por la pres.....