D E C I S I Ó N
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones actuando en Sala Única, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: A D M I T E cuanto ha lugar en derecho el recurso de apelación auto interpuesto por el abogado Euler Genaro Fenández, defensor privado de los ciudadanos: José Gregorio Aparicio Castro y María Herrada, contra el fallo proferido por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, en fecha quince (15) de abril de dos mil seis (2006), mediante el cual se decretó la privación judicial preventiva de libertad de los mencionados ciudadanos.
SEGUNDO: ADMITE las pruebas promovidas por el recurrente, por no ser estas manifiestamente ilegales, ni impertinentes, a reserva de su apreciación o no, en la oportunidad de pronunciarse sobre la procedencia de la cuestión planteada en el caso de especie. No obstante la dec.....