Por las razones precedentemente expuestas esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PRIMERO: CON LUGAR , el recurso de apelación interpuesto por la representación fiscal, en virtud de asistirle la razón a esta última. SEGUNDO: REVOCA el fallo adversado, dictado por la recurrida el 18 de agosto de 2008, mediante el cual se impuso al imputado José Gregorio Delgado Camarin, de las características e identificación legal que consta en autos, medida cautelar sustitutiva de presentación periódica cada quince (15) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. TERCERO: se ORDENA a la recurrida, esto es, al Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 02de este mismo Circuito Judicial Penal, para que una vez recibidas las presentes actuaciones, ponderadas que fueren las circunstancias del caso, proceda a dicta.....