Por las razones precedentemente expuestas esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la defensa privada del encausado, abogada Solis Bella Suárez Reyes. SEGUNDO: CONFIRMA en los términos ya expuestos, el punto de la decisión dictada el 13 de marzo de 2008, impugnada por la defensa técnica del encausado, mediante el cual se decretó en contra de este último, medida judicial preventiva de libertad, por la presunta comisión del delito de extorsión en virtud de no asistirle la razón a la recurrente en relación a este punto. TERCERO: ACUERDA, solo en lo que respecta al encausado Alberto Santana Martínez Hidalgo sustituir la medida de privación judicial preventiva de libertad, dictada en su contra en fecha 13 de marzo de 2008, por la medida cautelar sustitutiva, est.....