VI
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguiente pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación de auto ejercido por el Abogado Pedro Ángel Ferrer Tovar, en su carácter de Defensor Público Penal Séptimo, adscrito a la Unidad de Defensa Pública del estado Cojedes. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01, de este Circuito Judicial Penal, en decisión de fecha 30 de Mayo de 2015, y publicado el auto motivado en fecha 01 de Junio del referido año, en la cual decretó la medida de privación judicial preventiva de libertad, al imputado MAURY JOSÉ COLMENAREZ GUALDRON, por la presunta comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numerales 1 y 3, del Código.....