DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEA LA APELACIÓN interpuesta por el Abogado MOISÉS CÓRDOVA AMAYA, Fiscal Septuagésimo del Ministerio Público a Nivel Nacional en Materia de Drogas, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 15 de diciembre de 2010, publicando el texto íntegro de la sentencia el 12 de enero de 2011, mediante la cual Absuelve por Unanimidad al ciudadano ISAIAS SANTOS JEREZ , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.480.887, residenciado en el Barrio La Hormiga, Avenida Principal, Casa N° 6-11, El Nula estado Apure, a quien se le siguió la presente causa por la presunta comisión del delito de: TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIA.....