VI
DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, resuelve: PRIMERO: Declara SIN LUGAR los Recursos de Apelación interpuesto por los Abogados José Francisco Aparicio, Milzys Beatriz Romero Corona y Eugenia Muñoz de Montiel, actuando en su condición de Defensores Privados, en contra de la decisión dictada en fecha 10 de Mayo de 2013, y publicado el auto fundado en fecha 14-05-2013, por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó el mantenimiento de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, a los imputados EDGAR JOSÉ MARTÍNEZ y JULIO ALEXANDER LÓPEZ, por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR; y SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión recurrida en todas y cada una de sus partes.....