DECISIÓN
Por lo antes expuesto, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Abg. Nataly Favara González, Defensora Pública Penal Tercera de los ciudadanos Williams Rafael González y José Ovidio Mejias Moreno y Jesús Eduardo Quiroz Quiroz, contra la decisión dictada en fecha 13 de diciembre de 2004 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, SEGUNDO: declara LA NULIDAD de la sentencia adversada en el caso de autos, todo ello de conformidad con los artículos 190, 191, 195,196, 457 y 527 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por la violación del debido proceso y la tutela judicial efectiva consagrados en los artículos 49 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana.....