DECISIÓN
Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por los ABOGS. HÉCTOR JAVIER ACOSTA y GUSTAVO FERNANDO OCHOA, DEFENSORES PRIVADOS, contra la sentencia dictada en fecha 16 de diciembre de 2014, el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, y publicado el texto íntegro en fecha 12 de enero de 2015, en la causa identificada con el alfanumérico HP21-P-2013-017532, seguida al ciudadano JOSEPH JAVIER ACOSTA PÉREZ, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR. SEGUNDO: SE DECLARA LA NULIDAD del juicio que dio ocasión a la sentencia anulada conforme a lo establecido en el articulo 180 eiusdem, reponiéndose la causa a la oportunidad en que se celebre un nuevo juicio contra el.....