En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, esta Sala Accidental N° 20 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el ciudadano BRÍGIDO FELIPE HERNÁNDEZ, en contra de la decisión dictada en fecha 15 de mayo de 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual declaró: (Sic) “…PRIMERO: Inadmisible la Acusación privada interpuesta por el ciudadano BRIGIDO FELIPE HERNÁNDEZ, en contra de los ciudadanos MARTÍN TORRES HERNÁNDEZ, RAFAEL BARRETO HURTADO, PEDRO ALCANTARA, JOSÉ MANUEL PÉREZ, MARTHA CALCAÑO, TRINO DE LA ROSA VAN DER DYS, MARTÍN RAMÓN HERRERA, DANIEL MORO Y GRACIANO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, por la presunta comisión de los delitos de Violación de derechos humanos, abuso de .....