VII
DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, por unanimidad, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación de auto, ejercido por la ABOG. DAISY MARILÚ CASTILLO, FISCAL AUXILIAR OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, en contra de decisión dictada en fecha 07 de febrero de 2017 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual sustituyó la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad por Medida Cautelar Sustitutiva, conforme a las previsiones del numeral 3 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano WILMER ANTONIO MENDOZA TOVAR, a quien se le sigue causa por la presunta comisión del delito de por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVAD.....