VII
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas esta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la representación fiscal. SEGUNDO: Se Declara la NULIDAD ABSOLUTA, de la audiencia de presentación celebrada el 06 de julio de 2008, y de todos los pronunciamientos allí emitidos, incluyendo en ello el punto de la decisión adoptada en dicha audiencia mediante la cual se impuso al ciudadano Vicente José Domínguez González, las medidas cautelares sustitutivas estatuidas en los numerales 3° y 4° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Todo ello, de conformidad con los artículos 2, 25, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República de Venezuela, en concordancia con los artículos 173, 246, 190, 191, 195, y 196 del Código O.....