Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara COMPETENTE para conocer la presente causa en conformidad con el articulo 60 del Código de procedimiento Civil en concordancia con el artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en San Carlos a los veinte ocho (28) días del mes de mayo del año dos mil trece (2013). Años: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
El Juez Provisorio,
Abg. FREDDY R. SARABIA C.
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