Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA la Apelación ejercida por el Profesional del Derecho, ciudadano IVAN RAMONES, Abogado en Ejercicio y de este domicilio e inscrito en el IPSA bajo el Nº 72.619, en su condición de Apoderado Judicial de la Parte demandante de autos el ciudadano FELIX MANEIRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8542585, en contra del auto dictado en fecha 16 de octubre del 2.012, por el Juzgado Sexto (6º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en virtud de su incomparecencia a la Audiencia de Apelación, a la que no compareció ni por sí, ni por medio d.....