El Tribunal lo acuerda en conformidad y en consecuencia, definitivamente firme como ha quedado la anterior sentencia dictada por este Tribunal en fecha 24 de Febrero de 2014, se ordena su ejecución.- Expídanse por Secretaría las copias certificadas solicitadas con inserción de dicha diligencia y del presente auto, y junto con oficio, remítase una copia al Registro Civil del Municipio San Carlos del estado Cojedes y al Registrador Principal del mismo estado Cojedes, todo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 506 del Código Civil.-