VII
DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, por unanimidad; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de auto ejercido por el ABOGADO JOHNNY RAY PÁEZ GUANIPA, Defensor Privado. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 04 de Mayo de 2017, cuyo auto motivado fue publicado en fecha 15 del referido mes y año, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual declaró sin lugar la solicitud incoada por la Defensa Privada, referente a la nulidad absoluta de la causa, así como la nulidad de las actas, en la causa seguida al ciudadano ADRIAN ARTURO GUTIÉRREZ JIMÉNEZ, por la presunta comisión de los delitos de POSESIÓN ILÍCITA DE DROGAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánic.....