Esta Juzgadora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
Primero: Con Lugar la demanda de Impugnación de Reconocimiento de Paternidad, incoada por el ciudadano: Ronald José Romero Perozo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-16.423.635, contra los ciudadanos Carmen Elena Rangel Ochoa y José Lorenzo García Noguera, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-17.495.372 y V-17.328.196, respectivamente. Así se decide.
Segundo: En consecuencia se declara la nulidad del acta de nacimiento contentiva del Reconocimiento referido y se ordena el levantamiento de una nueva acta de nacimiento donde conste el reconocimiento materno y paterno. Líbrese oficio correspondiente. Así se decide.
Tercero: Se ordena la publicación de un edicto de conformidad con lo establecido en el artículo 507 del Código Civil. Así se decide.