Por todo lo antes expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso; éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos BERENICE CAROLINA GONZALEZ HERRERA, CELENIS MARGARITA HERRERA DE GONZALEZ, LUZ TERESA GONZALEZ HERRERA, ROSMARY CAROLINA GONZALEZ BADIALI, SIMON DARIO GONZALEZ BADIALI Y JUAN ANDRES GONZALEZ BADIALI, en su carácter de hija la primera nombrada, de esposa la segunda de la antes nombrada e hijos y nietos los demás nombrados respectivamente del fallecido, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-10.328.912 V-1.039.569, V-5.748.860, V-15.485.923, V-19.542.663 y V-25.663.493, respectivamente la cual.....