III
DECISION
Ante los razonamientos expuestos y vista la solicitud presentada por el ciudadano RODRIGO SUAREZ MORALES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-25.263.191 y domiciliado en la calle Francisco Alvarado, sector Centro I, municipio Gallegos, estado Cojedes, estudiado el caso en cuestión éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelva: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle al solicitante ciudadano RODRIGO SUAREZ MORALES, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.263.191, el derecho de propiedad sobre las mencionadas bienhechurías descrita en la solicitud presentada en fecha veintiocho (28) de mayo del año dos mil quince (2015), ubicadas en la calle Francisco Alvarado, sector Centro.....