DESICIÓN
En consecuencia, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la
Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de
Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la apelación
interpuesta el 29 de enero de 2018, por el abogado Dooglas Antonio Guzmán Rivas, en
su carácter de apoderado judicial del demandado, ciudadano Ramón Alcides Ramírez,
contra el auto de fecha 24 de enero del 2018, dictado por el Tribunal Cuarto de
Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo
Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano
de Cojedes, en el juicio seguido por desalojo contra el mencionado ciudadano y Cesar
Oswaldo Aular, mediante el cual dicho Tribunal fijó los hechos controvertido.
SEGUNDO: Debido a la naturaleza de esta decisión, no se hace especial
pronunciamiento sobre costas.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Trib.....