éste Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho considera PROCEDENTE la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS presentada por los ciudadanos GUERRA CALANCHE MARYORIE CAROLINA y PEREZ DIAZ ELIAS SALVADOR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V ¿ 19.357.368 y V ¿ 15.628.090 respectivamente y en consecuencia los declara SEPARADOS DE CUERPOS, a partir del día de hoy, 03 de FEBRERO de 2012, bajo las condiciones estipuladas en el escrito que encabeza la presente solicitud. Así se decide.-