-V-
DECISIÓN
En consecuencia y con fuerza de los razonamientos antes expuestos, tanto de hecho, como de derecho, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA,PRIMERO:SINLUGAR, la cuestión previa contenida en el Ordinal 6° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la parte demandada;en consecuencia, se procederá de conformidad con lo establecido en el numeral 2º del artículo 358del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese, incluso en la página web del tsj.gob.ve/tsj_regiones. Déjese copia certificada por Secretaría y digitalizada en programa PDF, en el archivo de este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto e.....